CASO RECLAMANTE Y DEMANDADO
RECLAMANTE: UNIÓN EUROPEA
DEMANDADO: FEDERACIÓN DE RUSIA
TERCEROS AFECTADOS: CHINA; INDIA; JAPÓN; REPÚBLICA DE COREA;
ESTADOS UNIDOS; BRASIL; TURQUÍA; UCRANIA
DESCRIPCIÓN DE CASO:
El 21 de mayo de 2014, la Unión Europea solicitó la
celebración de consultas con la Federación de Rusia respecto de la imposición
por ese país de derechos antidumping sobre los vehículos comerciales ligeros procedentes de Alemania e
Italia en virtud de la Decisión Nº 113, de 14 de mayo de 2013, del
Colegio de la Comisión Económica Euroasiática.
El 21 de mayo de 2014, la Unión Europea solicitó la
celebración de consultas con la Federación de Rusia respecto de la imposición
por ese país de derechos antidumping sobre los vehículos comerciales ligeros
procedentes de Alemania e Italia en virtud de la Decisión Nº 113, de 14 de mayo
de 2013, del Colegio de la Comisión Económica Euroasiática.
No transmitir a todas las partes interesadas determinada
información, pero actuó de manera incompatible con el párrafo 9 del artículo 6
al no transmitir a todas las partes interesadas el resto de la información en
cuestión.






Buenos días
ResponderEliminarLa información se repite del caso, y cuál fue la solución del caso.